Formato 1001: REPORTE DE LA COMPRA DE ACTIVOS FIJOS |
Uno de los formatos más importantes en la información exógena es el formato 1001, en el cual se informan los pagos o abonos en cuenta y las retenciones en la fuente practicadas.
En el artículo 17 de la resolución 098 de 2020 se estableció el concepto 5008 para reportar la compra de activos fijos en el formato 1001, correspondiente al formato donde se informan los pagos o abonos en cuenta efectuados a terceros y la retención en la fuente practicada o asumida. Si bien podría pensarse que al NO tomarse como deducción en la declaración de renta la compra de activos fijos, debería reportarse en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducible del formato 1001, en el parágrafo 4 del artículo 17 de la resolución 098 de 2020 se ha indicado lo contario al decir que: “Los pagos o abonos en cuenta (devengo) que constituyan costo o deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles, deben ser diligenciados en la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles, y los pagos o abonos en cuenta (devengo) no solicitados fiscalmente como costo o deducción, deben ser diligenciados en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles. Para ambos casos, se debe diligenciar el valor según el concepto contable a que corresponda.” Reporte del IVA pagado en la compra de activos fijos La forma de reportar el IVA en la información exógena dependerá del tratamiento tributario que se le haya dado al IVA, así: El IVA tratado como mayor valor del costo del activo deberá reportarse en el formato 1001 en la columna de “IVA mayor valor del costo o gasto, deducible”. El IVA en la importación, formación, construcción, o adquisición de activos fijos reales productivos tratado como descuento tributario en la declaración de renta, deberá informarse en el formato 1004, correspondiente al formato en el que se informan los descuentos tributarios solicitados en la declaración de renta. Según el parágrafo 1 del artículo 26 de la resolución 098 de 2020, en este caso se utilizará el concepto 8331. Fuente: Artículos 17 y 26 de la resolución DIAN 098 de octubre 28 de 2020. |
La compra de activos fijos efectuada en el año 2022 se reporta en el formato 1001 utilizando el concepto 5008, y aunque podría pensarse que estos valores se reportarían en la columna de pagos o abonos en cuenta no deducibles, por cuanto corresponden a un activo y no a un gasto deducible en la declaración de renta, de acuerdo al parágrafo 4 del artículo 17 de la resolución 098 de 2020, la compra de activos fijos deberá informarse en la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles.
Ejemplo 1. Una entidad compró en el año 2022 un activo fijo por valor de $11.000.000 más un IVA de $2.090.000 que se registró contablemente como mayor valor del activo.
En este caso, los $11.000.000 se informan en la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles del formato 1001, utilizando el concepto 5008 compra de activos fijos.
El IVA por valor de $2.090.000 se informa en la misma fila, pero en la columna de IVA mayor valor del costo o gasto, deducible.
Reporte del IVA pagado en adquisición de activos fijos reales productivos
El artículo 258-1 del Estatuto Tributario permite tomar como descuento tributario en la declaración de renta el IVA pagado en la adquisición de activos fijos reales productivos.
De acuerdo a lo manifestado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el concepto 572 de 2019, este IVA no se contabiliza como mayor valor del activo, porque corresponde a un impuesto recuperable. Por lo tanto, deberá contabilizarse como un activo por descuentos tributarios.
Ejemplo 2. Una entidad compró en el año 2022 una maquinaria (activo fijo real productivo) por valor de $21.000.000 más un IVA de $3.990.000 que se registró en el activo como descuento tributario.
En este caso, los $21.000.000 se informan en la columna de pagos o abonos en cuenta deducibles del formato 1001, utilizando el concepto 5008 compra de activos fijos.
El IVA pagado en adquisición de activos fijos reales productivos por valor de $3.990.000 deberá informarse en el formato 1004 de los descuentos tributario, en el concepto 8331 “Descuento tributario por impuesto sobre las ventas en la importación, formación, construcción, o adquisición de activos fijos reales productivos. Art. 258-1 del E.T.”
Fuente: Artículo 258-1 del Estatuto Tributario; parágrafo 4 del artículo 17 y artículo 26 de la resolución DIAN 098 de 2020; Concepto 572 de 2019 del CTCP.
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